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Capítulo 11. Prensa libre

El 20 de diciembre de 1916, el Congreso Constituyente discutió el artículo séptimo sobre la "Libertad de imprenta": La propuesta de Venustiano Carranza tenía como base la Constitución de 1857, pero con algunas modificaciones. Mientras que la propuesta del Primer Jefe proponía que los delitos de imprenta fueran juzgados por tribunales, la Comisión de Constitución recuperó la idea del Constituyente de 1857 para que los delitos fueran resueltos por un "jurado popular".